Introducción (Utilitarismo y derechos humanos)
I
¿Puede una teoría utilitarista estructurarse de tal forma que se haga
compatible con los derechos humanos? ¿Puede un utilitarista
construir su doctrina de tal modo que los derechos tengan en
ella un buen acomodo? ¿Defenderlos y seguir siendo considerado utilitarista?
¿O por el contrario, debemos optar entre el utilitarismo y la defensa de
los derechos humanos?[1]
Para algunos autores, la respuesta a estas preguntas parece clara: el utilitarismo
no puede dar cabida a los derechos humanos en la medida en que
aquél tiene como objetivo la consecución del mayor bien para el mayor
número mientras que éstos suponen, en muchas ocasiones, un obstáculo
para ese objetivo. Desde este punto de vista, afirmar el respeto de los derechos
humanos significa permitir que sus titulares accedan al estado de cosas
que tales derechos protegen con independencia de que ello redunde en
un mayor bien para más personas o no. R. Dworkin (1997: 37), por ejemplo,
advierte en este sentido que...
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