Introducción (Utilitarismo y derechos humanos)

I ¿Puede una teoría utilitarista estructurarse de tal forma que se haga compatible con los derechos humanos? ¿Puede un utilitarista construir su doctrina de tal modo que los derechos tengan en ella un buen acomodo? ¿Defenderlos y seguir siendo considerado utilitarista? ¿O por el contrario, debemos optar entre el utilitarismo y la defensa de los derechos humanos?[1] Para algunos autores, la respuesta a estas preguntas parece clara: el utilitarismo no puede dar cabida a los derechos humanos en la medida en que aquél tiene como objetivo la consecución del mayor bien para el mayor número mientras que éstos suponen, en muchas ocasiones, un obstáculo para ese objetivo. Desde este punto de vista, afirmar el respeto de los derechos humanos significa permitir que sus titulares accedan al estado de cosas que tales derechos protegen con independencia de que ello redunde en un mayor bien para más personas o no. R. Dworkin (1997: 37), por ejemplo, advierte en este sentido que...

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