Legado

24/11/2024 357 Palabras

Sujeto que una suprema potestad eclesiástica o civil envía a otra para tratar un negocio. 2. Der. Sucesión en bienes o derechos concretos por persona cierta y sin obligación de responder de las deudas del causante; el receptor del legado es sucesor a título particular. El legado ha de recaer siempre en una persona determinada y sobre cosa cierta; incluso cabe dividir la herencia, respetando los eventuales legitimarios, en legados sin institución de heredero. El objeto del legado puede revestir diferentes modalidades: legado de especie (o de cosa cierta), de género, alternativo (el favorecido puede elegir entre varios bienes o derechos), de pensión (periódica, de educación o de alimentos), de crédito (cesión de un crédito), de perdón o liberación (condonación de una deuda contraída ante el causante). También puede fijarse un legado al heredero, denominándose esta figura prelegado. El legado puede ser sometido a condición, a tiempo o a modo. 3. Hist. En la antigua...

Este sitio web utiliza cookies, propias y de terceros con la finalidad de obtener información estadística en base a los datos de navegación. Si continúa navegando, se entiende que acepta su uso y en caso de no aceptar su instalación deberá visitar el apartado de información, donde le explicamos la forma de eliminarlas o rechazarlas.
Aceptar | Más información