Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Reforma de 1998

La Ley 40/1998 de 9 de diciembre del IRPF entró en vigor en enero de 1999 (declaraciones presentadas en 2000) tuvo como objetivos el crecimiento del PIB y del empleo y simplificación del impuesto y sus principales aspectos fueron la reducción de tramos, la rebaja de los tipos en toda su trayectoria y los incentivos al ahorro. Con el nuevo impuesto las obligación de declarar recayó sólo en aquellos contribuyentes con ingresos superiores a los 3,5 millones de pesetas (21.000 euros) por rentas del trabajo. La tarifa se dividió en seis tramos y los tipos marginales se establecieron entre el 48 y el 18 por ciento. Una de las principales novedades fue la inclusión de un mínimo personal exento de tributación de 550.000 pesetas (3.300 euros) por contribuyente, a las que se añadían otras 550.000 por cónyuge en caso de declaración conjunta. La deducción por el primer hijo se fijó en 200.000 pesetas, igual cantidad por el segundo y 300.000 a partir del tercero. Además, contenía una rebaja por rentas del trabajo de entre 500.000 y 375.000 pesetas decreciente a medida que aumentaban los ingresos. Respecto a la vivienda, la compra mediante crédito hipotecario, tenía una deducción en cuota del 25 por ciento de las primeras 750.000 pesetas (4.507 euros) pagadas al banco y del 15 por ciento para otras 750.000 pesetas tanto en el primer año de pago como en el segundo. A partir del tercer año la deducción era del 20 y el 15 por ciento, respectivamente.

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