Poder judicial
Vista oral en una sala de audiencia de justicia en Madrid.Conjunto de órganos a los que compete la administración de justicia, entendida ésta como la potestad de juzgar y de hacer ejecutar lo juzgado. Concepción y funciones Según la Constitución española de 1978, la justicia emana del pueblo y la administran, en nombre del Rey, los jueces y magistrados. Ambos integran el poder judicial y, en el ejercicio de sus funciones, son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley. Este principio de legalidad constituye la base de la independencia judicial. Al redactarse la norma fundamental, se subrayó, de forma expresa, la independencia de esta parcela de los poderes del Estado, agregando la palabra “poder” a judicial, lo que no se hizo con los otros dos poderes del Estado (ejecutivo y legislativo). Para garantizar la independencia de jueces y magistrados se les dotó de autogobierno. Para ello se creó un órgano propio, el Consejo General...
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