Tribunal de Conflictos de Jurisdicción

03/01/2011 488 Palabras

Órgano colegiado al que corresponde conocer de los conflictos de jurisdicción entre los juzgados o tribunales y la Administración. Está formado por el presidente del Tribunal Supremo y cinco vocales, de los cuales dos son magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que serán designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); los otros tres son consejeros permanentes de Estado. Según la Sentencia del Tribunal Constitucional 56/1990, este órgano permite salvaguardar la garantía constitucional del monopolio jurisdiccional aprovechando la experiencia en la materia del Consejo de Estado. Los sujetos legitimados para el planteamiento del conflicto son: por parte del poder judicial, cualquier juzgado o tribunal, con la excepción de los Juzgados de Paz; en la Administración del Estado, los miembros del Gobierno, los delegados del Gobierno, determinadas autoridades militares, los subdelegados del Gobierno y los delegados de...

This website uses its own and third-party cookies in order to obtain statistical information based on the navigation data of our visitors. If you continue browsing, the acceptance of its use will be assumed, and in case of not accepting its installation you should visit the information section, where we explain how to remove or deny them.
OK | More info