Corporación

Cuerpo, comunidad, generalmente de interés público, y a normalmente reconocida por el Estado. Es una asociación legal, con privilegios especiales. En el Derecho moderno se encuentran, en el aspecto de Derecho público, dos clases de corporaciones: con jurisdicción territorial y con jurisdicción personal; las primeras son las que Serment denomina personas jurídicas necesarias (Estado, municipio, etc.), y las segundas, las que se refieren a determinada categoría o sector de personas (cámaras oficiales, etc.). Derecho El concepto de corporación no se puede entender al margen de otro concepto jurídico dentro del cual está comprendido el primero: el de persona jurídica, en la que aparece una entidad que se distingue de los individuos que la integran. La corporación es una entidad, y, por tanto, goza de personalidad jurídica distinta de sus miembros. Dentro de las personas jurídicas se distingue desde antiguo un tipo corporativo y un tipo fundacional. En el primero es...

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