El Decr. Christus Dominus del Concilio Vaticano II creó, e incluso entre los órganos cooperadores del obispo diocesano, la figura del vicario episcopal. Por razón de las funciones que desempeñan estos oficios se distinguen dos secciones en la curia diocesana: la administrativa y la judicial. Al frente de la primera se encuentra el vicario general, mientras que el oficio principal de la sección judicial es el provisor.
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