Estatuto

(Del latín statutum.) Regla que tiene fuerza de ley para regir la organización y vida de una colectividad. 2. Por ext., cualquier ordenamiento eficaz para obligar: contrato, disposición testamentaria, etc. 3. Ley especial básica para el régimen autónomo de una región sancionada por el Estado del que forma parte. Tras la restauración del régimen democrático en España, se constituyó el país en entes autonómicos a medida que se han ido aprobando sus respectivos estatutos. 4. Der. Régimen jurídico al cual están sometidas las personas o las cosas, en relación con la nacionalidad o el territorio. • estatuto de autonomía. Der. Documento normativo con rango de ley que contiene las competencias políticas, en materia legislativa y ejecutiva, que el Estado central otorga, de acuerdo con las previsiones constitucionales, a un ente de nueva creación que recibe el nombre de comunidad autónoma. Por muy amplias que sean las competencias otorgadas a la comunidad en cuestión...

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