Regalía

Bienes y derechos privativos de la Corona. Especialmente en plural, privilegio que la Santa Sede concede a los reyes o soberanos en algún punto relativo a la disciplina de la Iglesia Católica. Historia Al lado del honor regalis, o dominios territoriales del rey, competían a la Corona ciertos iuro regalia, o derechos del rey, que eran inalienables. Por tradición romanovisigoda, se consideraban como regalías, o derechos exclusivos del rey, los bienes vacantes (bona vacantia), tierras yermas (eremum regis), aguas, fuentes, minas, salinas, caza, pesca, montes, prados y bosques. A ellos se añadieron más tarde algunas atribuciones públicas, como la acuñación de moneda, el derecho de hospedaje (cena o yantar), etc. Algunos de estos derechos eran cedidos en usufructo a la explotación privada mediante la percepción de un canon anual (derecho de uso de las corrientes fluviales para los molinos, etc.), o por una parte proporcional del producto (explotación de minas y salinas,...

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